Conservación y mantenimiento




Puedes preguntar a las personas mayores si recuerdan desde cuándo ha estado el objeto en su iglesia, si sus antepasados le rendían culto o si aparece en fotos antiguas. Verifica que los materiales no sean modernos, por ejemplo: una escultura de fibra de vidrio o una casulla de tela sintética.

Otra opción es solicitar asesoría a la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural. Las instituciones religiosas o las comunidades pueden solicitar el apoyo de restauradores profesionales para elaborar un inventario, proceso durante el cual los restauradores pueden determinar si los bienes son antiguos, así como su estado de conservación.




Sí, todos los bienes culturales(así le llamamos a los objetos antiguos), aun los que presentan daños severos, pueden restaurarse. A veces se pierden datos a causa del deterioro, pero en muchos de los casos se pueden conservar sus valores o, por lo menos, detener el avance del daño.

Para asegurar una buena intervención es muy importante recurrir a un profesional acreditado.

Si el bien deteriorado es competencia del INAH (es decir son bienes culturales históricos), los interesados pueden solicitar la asesoría a la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural.




Lo más conveniente es recurrir a un restaurador profesional en bienes muebles, para que sean intervenidos de manera adecuada. Puedes comunicarte al Instituto Nacional de Antropología e Historia, porque cuenta con especialistas en sus representaciones estatales y en la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural, quienes ofrecen asesoría sin costo a las comunidades o las instituciones que tienen piezas de valor histórico.




Evita utilizar aceites en las esculturas. En el momento, el aspecto de la imagen parece mejorar, pero si es necesario hacer algún tratamiento de conservación y restauración, ese mismo aceite ya ha penetrado las capas pictóricas, impidiendo los procesos que se requieren para preservar el bien.

Tampoco conviene limpiar con un trapo húmedo, así que para realizar este tipo de tareas solicita asesoría a la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural o a los Centros INAH, que sin costo alguno te atenderán.




Sólo sacude la pieza con delicadeza, una vez al mes, con un brochuelo de pelo suave o un plumero antiestático. Si la pieza presenta algún daño que pudiera agravarse con este procedimiento de limpieza, primero observa cuáles son las partes que pudieran desprenderse y solicita asesoría de un especialista para evitar que se magnifique el daño.




Antes de sacar una imagen del templo, es necesario avisar al Instituto Nacional de Antropología e Historia. Esta institución se encarga de salvaguardar el patrimonio cultural y te puede brindar recomendaciones e información sobre medidas preventivas para evitar posibles riesgos ante la salida de la imagen. Puedes consultar el Manual de Conservación Preventiva para todos, disponible en el repositorio digital de esta sección y en el que se encuentran algunas recomendaciones para este tema.




Para cuidar los objetos que se encuentran dentro del templo se recomienda no exponerlos a la humedad, evitar golpes y nunca usar lijas, abrasivos o ácidos que pudieran causarles un daño irreversible. Los productos comunes que se venden comercialmente pueden ser muy dañinos para los objetos históricos.

Si se trata de bienes históricos, se recomienda que únicamente se utilicen en ceremonias especiales. Los bienes como copones pueden lavarse con agua, jabón suave, esponja (no fibra) y secarlos con un paño suave, si se usaron para beber directamente de ellos. De no tener ese uso, basta sacudirlos con un plumero o pasar un trapo suave y seco para eliminar el polvo.

Para piezas que están en el exterior, como las campanas, es importante protegerlas durante los trabajos de mantenimiento del inmueble, a fin de evitar salpicaduras de materiales. Si hay deyecciones de animales en estos objetos, se pueden limpiar con agua y un cepillo suave. Se recomienda verificar con regularidad los sistemas de sujeción para evitar accidentes que pudiesen dañar los bienes muebles o a los usuarios.

Para más información comunícate a la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural o a los restauradores del Centro INAH en tu estado, quienes ofrecen asesoría sin costo alguno.




Sí, pero te recomendamos que los coloques alejados de los bienes(esculturas, retablos o pinturas). Se les recomienda colocar las velas en charolas de metal, donde la gente no las pueda tirar. Cuando no haya quien vigile el templo, es mejor apagarlas. Los floreros deben estar en lugares seguros, con poca agua, que debes cambiar regularmente.




Por más dañada que esté una imagen u objeto antiguo, siempre hay opciones para su restauración; es importante conservarla, porque forma parte de la historia de tu comunidad y de la nación.

Si la imagen corre el riesgo de caerse o seguir dañándose, será necesario cambiarla a un lugar seguro, donde nadie la mueva, ni quede expuesta a humedad, polvo o suciedad. Es muy importante que un licenciado en restauración de bienes muebles revise la imagen y elabore un diagnóstico de los daños.

El Instituto Nacional de Antropología e Historia cuenta con restauradores que puedes contactar en el centro INAH de tu estado o en la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural. Otra opción es acudir a un restaurador profesional que trabaje de forma particular.






Si en el templo hay puertas dañadas, es importante que previo a cualquier acción, se determine si la puerta es histórica, es decir, si fue construida antes de 1900.

Las puertas son piezas importantes de los templos, muchas veces contienen inscripciones y forman parte del conjunto, por eso es esencial que antes de pensar en quitarla o modificarla, se acerquen a un especialista que los pueda orientar en el cuidado y protección de este tipo de bienes culturales y, a su vez, pueda darles opciones para que el templo siga protegido contra robos.





¿De quién es el patrimonio?. ¿Quién lo debe conservar?




Los bienes culturales religiosos en uso son bienes de la nación, es decir son bienes de todos. En caso de ser restaurados o intervenidos por el INAH, deben ser devueltos a los lugares de origen, para continuar con su función de culto público.




Los bienes prehispánicos o arqueológicos, por determinación de ley son bienes de la nación, no se pueden enajenar, es decir, no es posible transferir su propiedad y su condición no prescribe. Si se encuentran o se tienen este tipo de materiales, debe procederse a regularizar su custodia, mediante su inscripción en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos (RPMZAH). Para ello existe el formato INAH 03-001, en la siguiente liga https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-03-001%20(A).html. El trámite es gratuito, una vez llenado y entregado el formato por el interesado, personal de este Registro (RPMZAH) se pondrá en contacto para realizar el registro de las piezas en el Sistema Único de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos y, posteriormente, entregará el documento denominado Concesión de uso, que ampara la custodia de las piezas y compromete al solicitante a resguardarlas y preservarlas.




Los bienes que se encuentran dentro de un templo son bienes de la nación y su custodia legal corresponde a los representantes o apoderados legales de las organizaciones religiosas que ocupan y hacen uso del inmueble y de los bienes muebles. Todos como sociedad, organizaciones, comunidades e instituciones somos corresponsables de su cuidado y preservación.




El padre, los feligreses y la sociedad en general pueden hacer arreglos en la iglesia, pero siempre de común acuerdo y trabajando en equipo con los sacerdotes, ya que ellos son los responsables legales de esos bienes. Para obtener del INAH la licencia de trabajos, la solicitud correspondiente siempre debe llevar la firma del responsable legal, por esto se sugiere crear un comité de obras en el cual participe el padre. Al sumar esfuerzos y llegar a acuerdos de forma cordial y responsable, se puede lograr la conservación del patrimonio cultural.




Los archivos parroquiales, los libros, las estampas, los grabados y los fondos documentales que se resguardan en un templo, son bienes de la nación y están protegidos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos de 1972. Si quieres conocer un poco de esta Ley, puedes consultar el tríptico El patrimonio cultural de nuestro país y su Ley, que se encuentra en la sección de protección legal de nuestro repositorio.





Trámites




Todo el personal del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) debe identificarse con su credencial oficial vigente o bien con un oficio de comisión, emitido por una autoridad competente del mismo INAH.




Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la realización de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado monumento histórico es necesario presentar el formato INAH-02-002 A Permiso de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado Monumento Histórico y adjuntar la documentación requerida.

Por el momento, los trámites únicamente se están recibiendo en el siguiente enlace:

https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-02-002(A).html




Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la realización de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado monumento histórico es necesario presentar el formato INAH-02-002 A Permiso de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado Monumento Histórico y adjuntar la documentación requerida.

Por el momento, los trámites únicamente se están recibiendo en el siguiente enlace:

https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-02-002(A).html




Para la restauración de bienes muebles y muebles asociados al inmueble es indispensable presentar el Trámite INAH-06-001 “Autorización de obra para proyectos de conservación-restauración de bienes muebles y muebles asociados al inmueble del patrimonio cultural”, competencia de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural del INAH.

Para más información de este trámite, sugerimos consultar:

https://inah.gob.mx/tramite06/

https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-06-001.html




Porque así lo establecen los artículos 2, 13 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y el artículo 42 de su Reglamento. Y porque con este trámite nos aseguramos que el proyecto y la intervención de restauración conserven en toda su integridad al bien cultural que se pretende preservar.




La solicitud de autorización debe realizarse ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia antes de efectuar una obra de conservación y/o restauración de bienes muebles y muebles asociados al inmueble del patrimonio cultural, que son considerados monumentos históricos por determinación de la ley o por la declaratoria respectiva o que se encuentren dentro de monumentos históricos.

El trámite lo puedes realizar de forma presencial o en línea:

Acude al Centro INAH de tu entidad y presenta en la Ventanilla Única l formato INAH-06-001 (1 original y 1 copia), adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe el oficio de respuesta. En la Ciudad de México, la Ventanilla Única se encuentra en Correo Mayor No. 11, Planta Baja, Centro Histórico, Alcaldía Cuauhtémoc.

Por el momento, los trámites únicamente se están recibiendo en el siguiente enlace:

https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-06-001.html




No, el trámite es gratuito.




La licencia se emite a nombre del restaurador responsable del proyecto. Sin embargo, la solicitud también debe contar con la firma del sacerdote responsable del templo.




Una opción es solicitar por escrito al titular de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural, información (referencia) de restauradores y especialistas en la materia.

Es importante señalar que cuando se proporciona información de restauradores o especialistas no se trata de una recomendación, ni de una certificación de su trabajo. Lo cierto es que constituye un listado de opciones de profesionistas especializados en la restauración de bienes muebles y muebles asociados al inmueble, quienes además de contar con la cédula profesional en restauración, tienen experiencia en la gestión del trámite INAH-06-001.




Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la realización de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado monumento histórico, se requiere presentar el formato INAH-02-002 A Permiso de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado Monumento Histórico y adjuntar la documentación requerida.

Por el momento, los trámites únicamente se están recibiendo en el siguiente enlace:

https://www.tramites.inah.gob.mx/INAH-02-002(A).html




El profesionista debe acreditar que tiene la licenciatura en restauración de bienes muebles, mediante la cédula profesional debidamente expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.




Al realizar correctamente el Trámite INAH-06-001, se obtiene la Licencia de autorización de obra para proyectos de conservación – restauración de bienes muebles y muebles asociados al inmueble del patrimonio cultural, la cual tiene un número consecutivo irrepetible para la autorización de cada proyecto. Es firmada por el titular de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural del INAH, si el bien cultural se encuentra en la Ciudad de México, y si se localiza en algún estado de la República, la licencia es firmada por el titular del Centro INAH del estado que corresponda.




Si la obra suspendida se refiere a un bien mueble o mueble asociado al inmueble del patrimonio cultural localizado en la Ciudad de México, le corresponde dar el seguimiento a la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural del INAH. En caso de que el bien cultural se ubique en algún estado de la República, el seguimiento debe hacerlo el Centro INAH del estado respectivo.

En cambio, para los casos de los bienes inmuebles, la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos atiende lo correspondiente a la Ciudad de México y los Centros INAH dan seguimiento en el estado de que se trate.





Recursos




El INAH no tiene presupuesto ni facultad para dar dinero para restaurar, pero sí tiene recursos asignados para ejecutar algunos proyectos de restauración con su personal contratado. Si los interesados quieren conseguir recursos para restaurar un bien, deben gestionar apoyos con instituciones o asociaciones nacionales o internacionales que concedan financiamientos.




La restauración de cada bien tiene un costo específico, porque cada objeto o inmueble tiene características especiales y una historia en particular, por tanto, el deterioro que cada uno presenta es único. Para proponer la intervención de un bien, los restauradores profesionales deben hacer una evaluación específica de cada objeto y elaborar una propuesta puntual para ese objeto, inmueble o zona.




Los interesados en restaurar un objeto patrimonial, pueden acercarse a asociaciones como Adopte una obra o al Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal, FOREMOBA.

Para conseguir recursos de instituciones que otorgan financiamiento, es necesario participar en concursos o convocatorias de proyectos de conservación de bienes muebles y muebles asociados al inmueble. Para ello es importante que el proyecto atienda los términos y los lineamientos de las convocatorias. Además, los financiamientos generalmente no cubren el monto total del proyecto, por lo que se deberá tener en cuenta una aportación monetaria de quien solicita el financiamiento, es decir, debe considerarse cofinanciamiento económico de hasta un 50% del total del proyecto.

El INAH no puede asignar recursos para financiar un proyecto de restauración de bienes culturales ejecutado por terceros; pero si puede proporcionar asesoría a través del área de Procuración de fondos de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural.




Si se trata de un bien cultural reconocido como monumento histórico por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos, el INAH puede comisionar a un restaurador para que realice el dictaminen o diagnóstico respectivo. Con ello, quien lo solicite tendrá información sobre el estado de conservación del objeto, qué tan urgente es la intervención y conocerá las medidas de conservación preventiva para cuidarlo mejor.





Prevención del robo de nuestro patrimonio




Denunciar el robo ante el Ministerio Público Federal. Es importante que solicite una copia de la denuncia y anote el número de averiguación previa para darle seguimiento. Es importante también informar a las autoridades del INAH en los siguientes teléfonos:

Contacto Centros INAH: https://cnci.inah.gob.mx/publico/index.php
Contacto Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural
Dirección de Gestión y Vinculación
Tel (55) 4166 0780 al 84 exts. 413262 / 413276
vinculacion_cncpc@inah.gob.mx




Cualquier persona puede hacer la denuncia, incluso de forma anónima, ya sea en línea o en el Ministerio Público Federal.




De acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos, el INAH debe realizar el registro de los bienes que se encuentran en las iglesias. Sin embargo, invitamos a las asociaciones religiosas y a las comunidades a sumarse a esta enorme. Los inventarios nos auxilian en el cuidado y gestión de los bienes que se encuentran en un templo; por otro lado, en caso de robo, nos permiten realizar la denuncia y la búsqueda de los bienes de una manera más expedita.





Contacto




Contacto Centros INAH: https://cnci.inah.gob.mx/publico/index.php
Contacto Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural
Tel. (55) 4166 0780 al 84
cnconservación@inah.gob.mx